Este lunes 30 de marzo, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la jefatura de Gobierno publicó el Segundo Acuerdo por el que se determina la suspensión de actividades en las dependencias capitalinas para evitar la propagación del coronavirus (Orthocoronavirinae).
Se suspenden temporalmente las actividades en:
- Dependencias
- Órganos desconcentrados
- Entidades de la administración pública
- Alcaldías de la CDMX
Las personas titulares de las dependencias, órganos desconcentrados, entidades de la administración pública y las alcaldías de la Ciudad de México determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución cuya continuidad deberá garantizarse en la medida de lo posible.
En la Gaceta Oficial de la CDMX se exceptúan de la disposición señalada a:
- Instituciones de seguridad ciudadana
- Sistema penitenciario
- Salud
- Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil
- Bomberos
- Servicio Público de Localización Telefónica (Locatel)
- Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano (C5)
- Obras y Servicios
- Sistema de Aguas
- Alcaldías en lo relativo al suministro de agua
Así mismo, deberán seguir las actividades necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos, y aquellas actividades o servicios susceptibles de proporcionarse a través de medios electrónicos, incluyendo los de carácter fiscal y presupuestal.
El acuerdo entrará en vigor a partir de este lunes 30 de marzo y estará vigente hasta que la autoridad competente de la CDMX determine la conclusión de la contingencia sanitaria por COVID-19.
Con información de: https://www.unotv.com/noticias/estados/distrito-federal/detalle/covid-19-cdmx-cierra-dependencias-por-contingencia-sanitaria-382971/